Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado del Imputado JOSE ANGEL RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.221.506 , natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05/10/84, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de los ciudadanos JOSE RODRIGUEZ (v) y EDIT RAMIREZ (F), residenciado en el Callejón Juan Griego, casa Nº 07, Barrio Rómulo Gallegos, Barcelona estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, LESISONES PERSONALES, AGAVILLAMIENTO y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos y sancionado en los artículos 458, 413 y 286 del Código Penal y el articulo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automot.....