Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE, de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la abogada YUTCELINA ALFONZO BOTTINI, en su carácter de Defensora Pública del adolescente RONNY DANIEL GONZALEZ GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº 31.609.362, contra la decisión dictada en fecha 10 de febrero de 2017, por el Tribunal Penal de Primera Instancia en Función de Control Nº 02, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en la cual decretó medida de privación preventiva contenida en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra del adolescente ut supra mencionado, por la presunt.....