Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia, actuando en función de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. RESUELVE lo siguiente PRIMERO: SE DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN, del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA); pero como quiera que el prenombrado Adolescente tiene Orden de Ubicación emanada por el Tribunal de Control Nº 2 en la causa Nº BP01-P-2006-1183, tal y como se desprende de copia de oficio que riela al folio cinco del presente Asunto se ordena su traslado al Centro de Diagnostico y Tratamiento Prof. José Antonio Díaz con sede en la ciudad de Barcelona. Notifíquese la referido Tribunal SEGUNDO: Se ORDENA la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO y consecuencialmente la remisión de estas actuaciones a la Fiscalía Especializada. TERCERO: Se decreta que la aprehens.....