Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano: LUIS ENRIQUE MARÍN MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.734.253, nacido en Barcelona, donde nació en fecha 16-02-1979, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Navegación, hijo de ENRIQUE JOSÉ MARÍN (V) y INÉS JOSEFINA MARCANO (V), residenciado en Isla de Guaraguao, casa B5, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS, previstos y sancionados en los artículos 409, último aparte y articulo 420 del Código Penal Venezolano, con la agravante contenida en el artículo 217 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, donde figuran como víctimas las siguientes personas en perjuicio de los h.....