este tribunal de Primera instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en función de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda: PRIMERO: Se Ratifica la Medida Cautelar Sustitutiva de presentación ante este tribunal cada 15 días, aplicada al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue el presente proceso, por el delito de ROBO ARREBATON EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en el artículo 458 del Código Penal, vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en concordancia con el artículo 83 ejusdem; en perjuicio de la ciudadana IRIS ESPAÑA, de conformidad con lo establecido en el articulo 582 literal c de la Ley orgánica Para la Protección del Niño y del adolescente; SEGUNDO: Se Dejan Sin Efecto las Ordenes de Ubicación y de Captura, dictadas en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia se ordena su LIBERTAD INMEDIATA, y se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científica.....