Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala de Juicio Nro 2, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la tacha propuesta por la ciudadana SANDRA DEL VALLE NUÑEZ actuando en representación de sus hijos XXXXXXXXXXXX, debidamente asistida por el abogado LUIS ANTONIO FARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.- 100.751 y de este mismo domicilio, en relación al documento de propiedad del inmueble constituido por una casa, ubicada en el sector Pueblo arriba de la Población de San Mateo, Municipio Autónomo Libertad del estado Anzoátegui, construida en paredes de bloques, estructura metálica, techo de tejas, piso de cemento, un porche de tubos, totalmente cercada de madera y almagre de púas, la cual consta de dos habitaciones, una sala con comedor, una sala de cocina, un baño con todas sus instalaciones sanitarias, un pozo sé.....