Seguidamente este Tribunal acuerda hacer entrega inmediata del inmueble objeto de la presente medida, ubicado en la Quinta Carrera del Sector 25 de Mayo II, Casa N° 54, El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, constituido por dos (02) habitaciones, un (01) baño, sala-comedor, una (01) cocina y un (01) corredor, totalmente desocupado, libre de personas y de bienes, a los niños: ORLANDO FIDEL y GLEDYS GABRIELA IDROGO TIZANO, quienes son los propietarios de dicho inmueble, representados en este acto por su progenitora, ciudadana: LIUDY DEL CARMEN TIZAMO BOCARRUIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.157.091, tal como lo ordena el Juzgado Comitente.- Igualmente este Tribunal visto lo solicitado por la parte actora, procede a dejar constancia que las condiciones físicas del referido inmueble, no son las mismas que presentaba para la oportunidad en que el Tribunal se trasladó por primera vez al mismo, vale decir, en fecha 16-01-2007, ya .....