Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado EMILIANO JOSE GUAREGUA ZERPA, Venezolano, Natural De Barcelona Estado Anzoátegui, Donde Nació En Fecha 02 /04/1974, Residenciado En El Barrio Bicentenario, 29 De Marzo, Casa Nº 07, Calle Esperanza, Barcelona ,Estado Anzoátegui, , De 34 Años De Edad, titular de La Cédula De Identidad Nº 8.285.938, de estado civil soltero, de profesión u oficio: POLICIA, , hijo de los ciudadanos: EMILIANO JOSE GUAREGUA (V) y CARMEN MODESTA ZERPA (V).. por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados e.....