Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LUIS RAFAEL ANDRADE, Venezolano, Natural de Guanta, Estado Anzoátegui, Donde Nació en fecha 22-02-1965, Residenciado Callejón 3, Casa Nº 65, Sector Santa Bárbara, Guanta, Estado Anzoátegui, de 44 Años de Edad, titular de La Cédula De Identidad Nº 8.487.576, de estado Civil Soltero, de profesión u oficio Perito Agrónomo, hijo de los ciudadanos: LUIS ANDRADE (V) MARIA DE ANDRADE (V), Teléfono 268-40-33, de el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como MEDIDAS DE PROT.....