Seguidamente este Tribunal , visto lo solicitado por la parte demandada en este acto, en el sentido de conceder un plazo a la parte demandada, en aras de llegar a un acuerdo, este Tribunal por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad, y se abstiene en esta oportunidad de practicar la presente medida para la cual fue amplia y suficientemente comisionado, igualmente el Tribunal deja constancia que no ejerció ningún tipo de violencia ni contra las personas ni contra los bienes que se encuentran en el inmueble objeto de la medida.-