Seguidamente el Tribunal declara formalmente Secuestrado el inmueble señalado por la parte actora, constituido por un local comercial ubicado en el Sector Villa Clara cruce con Calle Comercio S/N., entre Calles Hinostroza y Callejón Juan Chiquito, Carretera Nacional salida al Pao de Barcelona, Pariaguàn, Municipio Francisco de Miranda, Estado Anzoátegui, y hace entrega del mismo, totalmente desocupado y libre de personas y bienes, al representante de la DEPOSITARÌA JUDICIAL ANZOÀTEGUI, C.A., ciudadano: JEAN CARLOS LANZ JARAMILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.014.131, quien manifestó recibirlo conforme y se comprometió a cuidarlo como un buen padre de familia. Seguidamente el representante de la Depositaría Judicial Anzoátegui, C.A.,