Seguidamente este Tribunal oído lo expuesto tanto por la parte querellante como por los demandados, y siendo que existe un gran número de personas en el inmueble objeto de la presente medida, comprendido tanto por adultos como por niños, y siendo que durante el presente acto los ánimos de los presentes llegaron a tornarse un poco caldeados, y no contando con suficiente Funcionarios de la Guardia Nacional, es por lo que acuerda suspender provisionalmente la presente medida, en espera de nueva solicitud por la parte actora. Igualmente el Tribunal hace constar que en principio se procedió a dar inicio a la practica de la presente medida, pero motivado a lo expuesto por ambas partes, y a la situación señalada anteriormente por este Tribunal, tan es así que la persona designada como Perito Avaluador, ya había procedido a levantar parte de su informe.-