El Tribunal constituido en el sitio antes indicado, en cumplimiento de la misión encomendada, procede a notificar al presunto agraviante, ciudadano: ANGEL PERFECTO BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.304.607, que en virtud de la Medida Cautelar Innominada decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, se le ORDENA que se abstenga de hacer acto de presencia, e impida el libre acceso a las instalaciones de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A.-