El Tribunal declara Embargada Preventivamente la cantidad de QUINIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÌVARES FUERTES (Bs.F. 503.212,oo), existentes en la Cuenta Corriente signada con el Nº 0104-0053-850530062716, perteneciente a la empresa CONSTRUCCIONES Y SUMINISTROS AMANA, C.A., y solicita a la notificada se sirva emitir Cheque de Gerencia por la cantidad de dinero embargada en este acto, a nombre del Juzgado Comitente, vale decir, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Acto seguido interviene la notificada, ciudadana: MILBIDA ROSA CHARMEL LÒPEZ, antes identificada, y expone: Consigno en este acto, Cheque de Gerencia signado con el Nº 00013718, por la cantidad de QUINIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÌVARES FUERTES (Bs.F. 503.212,oo), a nombre del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, fechado 19-.....