Seguidamente este Tribunal, visto el Convenimiento voluntario y libre de toda coacción, planteado en este acto por la parte demandada, y aceptado en este acto en todas y cada una de sus partes por la parte actora, este Tribunal por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad, y se abstiene de practicar la Medida Ejecutiva de Embargo para la cual fue amplia y suficientemente comisionado.-