este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de ejecución de la Providencia Administrativa N° R-86-2013, de fecha 4 de abril de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Simón Rodríguez, Freites, Miranda, Monagas e Independencia del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre; mediante la cual se declaró CON LUGAR el reclamo incoado por los ciudadanos aquí demandantes: LENIN ENRIQUE RODRIGUEZ PADRON y JUAN BAUTISTA CAYAMO ALFARO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-20.549.123 y V-8.227.575, respectivamente; representada por su apoderada judicial la abogada ISOBEL RON, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 2.....