Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 25/05/2005

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : BP12-S-2005-000694 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2005
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
BERTA ELENA PALMA VILLAROEL & AGENCIA DE LOTERIA EL ZULIANO, C.A.
Resumen:
y por cuanto se trata de materia en la cual no esta prohibida la Transacción, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código Procedimiento Civil, aplicado analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente. Publíquese y regístrese copia de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho y audiencias del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, a los Veinticinco (25) días del mes de Mayo de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
Juez/Ponente:
Karelia Silveira
Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : BP12-L-2005-000020 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2005
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
LUIS JAVIER IZAGUIRRE LÒPEZ & EMPRESA IMPACTO, C. A.
Resumen:
este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, tomándose como ciertos los hechos alegados por la parte actora en su libelo, relativos a la existencia de la relación de trabajo, la fecha de inicio de la misma, es decir, 18 de Marzo de 2003 y como fecha de egreso el 03 de Marzo de 2004, para un tiempo de servicios de Once (11) meses y Quince (15) días, que la relación de trabajo culminó por despido injustificado, el cargo desempeñado era de Ayudante de taller, y devengaba un salario básico diario de Bs. 8.236,80, un salario normal diario de Bs. 10.831,40, y un salario integral de Bs. 11.939,44, y que la empresa cancelaba a sus trabajadores 2,5 días de utilidad mensual, y así se decide. Se ordena la corrección monetaria de la cantidad de UN MILLÒN QUINIENTOS C.....
Juez/Ponente:
Karelia Silveira
Organo:
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados