este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda que por Accidente de Trabajo o Enfermedad Ocupacional intentó el ciudadano NELSON TRUJILLO LAYA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número V-6.698.568, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES OCANA, C.A., por no subsanar el libelo en el lapso previsto en el auto de fecha 15 de octubre de 2012.