Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por PDVSA GAS, S.A, contra el acto Administrativo contenido en la Providencia Administrativa de fecha 22 de diciembre de 2004, dictada por la Inspectoria del Trabajo de los Municipios Simon Rodríguez, Monagas, Miranda, Guanipa e Independencia del Estado Anzoátegui, en el expediente administrativo Nº 024—04-01-00529, la cual declaro con lugar la solicitud, ordena el reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos que en ella se mencionan. SEGUNDO: Se deja sin efecto, la medida cautelar decretada por el Órgano administrativo mediante auto de fecha 30 de noviembre del 2004 por el cual ordena reponer a sus puestos de trabajo en las mismas condiciones económicas y laborales ante.....