DECISIÓN
Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1).- INSUFICIENTE el monto consignado por la demandada a favor de la accionante al momento de persistir en el despido y en consecuencia se le condena a consignar la suma realmente adeudada conforme lo ha establecido este tribunal en consecuencia se condena a la empresa WEATHERFORD LATIN AMERICA, S.A. a pagar a la accionante ROSSIMAR ALJANDRA GUTIERREZ URBANEJA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad número 15.416.110, la cantidad de NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs. 96.383,07), sin perjuicio de las sumas que puedan adicionarse producto de la experticia complementaria del fallo ordenada
Publíquese, regístrese y déjese copia certifi.....