Con vista de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, declara SIN LUGAR la presente demanda de calificación de despido reenganche y pago de salarios caídos, incoada por el ciudadano DENNIS RAÚL AMAIZ QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 8.470.490; en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE Y SERVICIOS MOR-CAN, S.A.,. Cúmplase.
No hay condenatoria en costas en conformidad con lo establecido en el articulo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo..
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los dieciocho (18) días del mes de enero de 2013