Con vista de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1).- LA CONFESION DE LA DEMANDADA; 2.-) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos JOSE GREGORIO ZAMORA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad números 11.001.363 y 9.812.189, en contra de la empresa COFAB IND, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil once.