Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR de Suspensión de Efectos de la Providencia Administrativa Nº 0104-2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Simón Rodríguez, Monagas, Miranda, Guanipa e Independencia del Estado Anzoátegui, de fecha 13 de julio del año 2016. Y ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CEDRTIFICADA EN EL COPIADOR RESPECTIVO, a los veinticuatro (24) días del mes de abril de dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.-