Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el Ciudadano SERGIO CHACON venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.539.296. Contra la entidad de trabajo DENARIUS PUMPING SERVICES DE VENEZUELA, C.A. SEGUNDO: Se condena a la demandada entidad de trabajo DENARIUS PUMPING SERVICES DE VENEZUELA, C.A, a cancelar al demandante el monto determinado precedentemente en la parte motiva del presente fallo, mas la sumas que se causen por efectos del cálculo de intereses de mora y la indexación o corrección monetaria del cual se ordenó su pago, cuyos costos de realización también le corresponderá pagar a la entidad de trabajo demandada., TERCERO: Dado el carácter parcial del presente fallo, no hay condenatoria en costas procesales.
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