este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano: DOUGLAS RAFAEL SANCHEZ TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.004.506. Contra la entidad de trabajo HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A. SEGUNDO: Se condena a la demandada entidad de trabajo HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A., a cancelar al demandante el monto determinado en la parte motiva del contenido en extenso de la sentencia, aplicando la Convención Colectiva Petrolera. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de que no hay vencimiento total. CUARTO: IMPROCEDENTE La solidaridad de PDVSA GAS, S.A. Y ASI SE DECIDE.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del.....