Vista la solicitud del Apoderado Judicial de la parte actora este Tribunal procede en este acto a ejecutar la presente Medida Ejecutiva de Embargo en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que le confiere la Ley hasta cubrir el monto señalado TREINTA MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs.30.924,38). El banco hará las deducciones correspondientes a las comisiones para la elaboración del Cheque de Gerencia y una vez realizada se elaboraran los Cheques de la siguiente forma Un cheque a nombre del ciudadano ELOY ANIBAL ESPINOZA parte actora, Titular de la cédula de identidad Nº 3.041.867 por el monto de VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS ( Bs.29.634,38) y otro a nombre de la ciudadana CRISTINA BIANCULLI MORABITO Experta contable por la cantidad de MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS ( Bs.1320,00).