Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° y único aparte del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 48, ordinal 7° Ejusdem, por haber cumplido a cabalidad con el régimen de condiciones impuestas por este Tribunal, en decisión de fecha 01-02-2010, con motivo de la Suspensión Condicional del Proceso, concedida al ciudadano DOMINGO ALFREDO MOTA, Venezolano, Natural de Cumana, Estado Sucre, Donde Nació en fecha 02-01-1966, Residenciado Sector el viñedo, calle Nº 8, Sector la Victoria, Barcelona, Estado Anzoátegui, De 47 Años de Edad, titular de La Cédula De Identidad Nº 10.288.567, de est.....