Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se decreta, el ARCHIVO JUDICIAL de las actuaciones correspondientes al proceso penal seguido contra el ciudadano antes identificado, y en consecuencia SE DECLARA EL CESE de la condición de imputado del ciudadano JOSE DEMETRIO VASQUEZ CORONATO, Venezolano, natural de Coro, Estado Falcón, donde nació en fecha 16/04/1966, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.804.751, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: inspector de soldadura, hijo de los ciudadanos: MIGUEL VALERA (V) Y MARGARITA DIAZ (V), residenciado en el Hotel Villa Bonita, Apartamento 4-A, Piso 01, Píritu, estado Anzoátegui, por la por la comisión por la comisión de los delitos ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLE.....