esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la ciudadana SUSANA EMILIA RICOTTI MOTA, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V19.030.793, domiciliada en: calle Freites, edificio kiosco, piso 01 de la Cuidad de Puerto la Cruz, Municipio Juan Antonio Sotillo, Estado Anzoátegui ,asistida en este acto por la abogada MORELIA MEJIAS inscrita en el IPSA bajo el numero 157.706, en contra del ciudadano ELIEL RAFAEL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-18.700.395, domiciliada en: Paseo colon, Sector el Paraíso, Edificio Yaracuy, piso 02 apto 2-A Puerto la Cruz , Es.....