Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia de Juicio de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana NILDA MARIA MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.504.439, en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO VEGAS CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.642.132. En consecuencia; PRIMERO: Se modifican los particulares primero y segundo en cuanto a las Retenciones Mensuales sobre el sueldo del obligado con respecto a la Obligación de Manutención en favor del niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adoles.....