Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en el artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, imparte justicia y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de REVISIÓN DE OBLIGACIÓN de MANUTENCION, incoada por el ciudadano NISSIN ALFREDO GIARDINI ALMOSNY, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.738.068, en contra de la ciudadana RAQUEL CEDEÑO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.904.931. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se modifica la Obligación de Manutención a pagar por el ciudadano NISSIN ALFREDO GIARDINI ALMOSNY, a fa.....