Por los razonamientos antes expuestos por la parte actora, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano RICHARD ANTONIO PINTO PERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.295.633, en contra de la ciudadana REINA CELEDONIA FIDELINA BERROTERAN MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de identidad No V-15.291.777. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.