Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Medida de Protección COLOCACIÓN FAMILIAR DEFINITIVA, a favor de los adolescentes Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , hijos biológicos de la ciudadana EVELYN DEL VALLE PRADO GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.316.171, interpuesta por la ciudadana EUDIS DEL VALLE GOMEZ, debidamente inscrita en el IPSA bajo los Nros 295.075, y en consecuencia se decreta la Colocación Familiar Definitiva bajo la modalidad de Familia Extendida a favor de los adolescentes de marras, a ejecutarse en el hogar de la ciudadana E.....