Por lo que siendo la oportunidad procesal para el respectivo pronunciamiento del Tribunal, esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: Desistido el presente procedimiento de MODIFICACION DE CUSTODIA y en consecuencia se declara CONSUMADO el acto. En consecuencia, se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el referido Desistimiento, se acuerda dar por terminada la presente solicitud, el archivo del expediente y la devolución de los documentos originales que cursen en el mismo.