este Tribunal por auto de fecha 01/10/2012, y de igual manera solicita la Supresión de la Audiencia y en razón de lo cual considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos ONEYMAR DEL VALLE MARIANI GONZALEZ Y GUSTAVO ADOLFO IDROGO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-13.030.350 y V-12.703.901, respectivamente; conforme a los Artículos 189 y 190 del Código Civil. SEGUNDO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar de la niña: ....., tiene en cuenta lo acordado por los padres en su escrito, en razón de lo cual se HOMOLOGAN en todos y cada uno de sus términos los acuerdos suscritos por los solicitantes, los cuales se dan por reproducidos, conforme a la Solicitud presentada por los precitados ciudadanos. Expídase p.....