esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, acuerda, en consecuencia: PRIMERO: Se Declarar con Lugar la Solicitud de Únicos y Universales Herederos planteada por LENIS COROMOTO YTRIAGO ALVAREZ, FELIX JOSE, FELLENNYS ALEJANDRA Y FRANK ALEJANDRO QUIJADA YTRIAGO, titulares de las cédulas de identidad Nº: V-5.150.772, V-12.438.969, V-14.817.035, y V- 17.592.684, domiciliados en la Ciudad de Pariaguan, del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se DECRETA como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano FELIX DEL VALLE QUIJADA, fallecido el día 16 de Octubre de 2.011, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-3.420.180 a sus hijos (xxx, dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo c.....