En atención a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación propuesto por la codemandada SAXON ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A., a través de su coapoderado judicial ROBERTO WILLIANSON HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 100.162 contra la decisión dictada en fecha 05 de diciembre de 2016 por el Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre; 2) se MODIFICA la decisión apelada; 3) CON LUGAR EL ALEGATO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN respect.....