Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona,, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declaro PERECIDO, el Recurso de Apelación presentado por la ciudadana RAIZA DEL VALLE SAEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.357.310 y domiciliada en la ciudad de Aragua de Barcelona del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, JOSE ANTONIO ARRIOJA, inscrita en el IPSA bajo el N° 65.645 y con domicilio en la ciudad de Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, contra La sentencia definitiva de fecha Veinticinco (55) de Febrero del año 2008, dictada por el extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre a cargo del Juez ABOG......