DECISION
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las testigos, los ciudadanos: YAGUARACUTO PARUTA JOSE GREGORIO y YAGUARACUTO GALVIS KATHERINE JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrosº V.- 8.241.279, V.-21.173.938, plenamente identificados, hechas por ante este Juzgado, en fecha Veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil dieciséis (2016), las cuales quedaron contestes en afirmar todas y cada uno de los particulares relativos a la presente solicitud, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de la "De cujus" MARIA HORTENCIA FIGUERA RODRIGUEZ, ya identificada,.....