en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones, para asegurarle a la ciudadana: DAMELYS MATILDE BARRIOS LUCES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.678.698, sus derechos de propiedad que tiene sobre las referidas bienhechurías, antes descritas y así se decide.-
Se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas al interesado.- Cúmplase
La Juez Provisorio,
Abg. Rosmil Milano Gaetano
La Secretaria,
Abg. Ciriluz Bellinghieri Peche
En esta misma fecha, siendo las once y treinta y tres (11:33 a.m), se dictó y publicó la anterior sentencia. Conste.-
La Secretaria,
RMG/Paola.