DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artìculos: 11, 12, 14, 15, 78, 81 ordinal 3º y 341 del Código de Procedimiento Civil. DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS propuesta por el abogado en ejercicio LUIS ERNESTO GOUBAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 162.609, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-18.568.673, actuando en este acto en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos YOLIBETH JOSEFINA CONOPOIMA YGUALGUANA y JOSE GREGORIO FAJARDO CALMA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-17.536.872 y V-15.679......