el Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente.-
El Juez
Abg. José Jesús Ramírez García
La Secretaria Acc
Abg. Oswaldo José Fernández Sierra