De las actas que conforman el expediente se verifica la total inactividad de las partes en el presente procedimiento, por cuanto hasta la presente fecha, han transcurrido mas de un (1) año, sin que hayan cumplido con la obligación de impulsar el procedimiento, en consecuencia, resulta forzoso para este Juzgador, declarar la pérdida de interés, y por ende, terminado el procedimiento.-
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado. Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS por parte de los interesados, en la demanda de DESALOJO, incoada por la ciudadana GISELA DEL CARMEN GUZMAN venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.319.104; asistida en este acto por el abog.....