Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos
MARIA ANTONIA GONZALEZ SALAZAR, MARIA CARLOTA GONZALEZ SALAZAR, PEDRO MANUEL GONZALEZ SALAZAR, AURA ROSA GONZALEZ SALAZAR, MIGUEL ANGEL GONZALEZ SALAZAR, AMERICA DEL VALLE GONZALEZ DE MATA , ORLANDO RAFAEL GONZALEZ SALAZAR, BALDOMERO ANTONIO GONZALEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nros. 1.197.875, 1.160.609, 1.160.276, 1.155.234, 2.279.106, 2.799.091, 3.671.828 y 3. 671.994, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quienes en vida fueran sus progenitores, MARIA ENCARNACION SALAZAR DE GONZALEZ Y BALDOMERO GONZALEZ ASTUDILLO, venezolanos, mayores de edad, de estado civil casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 464.773 y V-457.209.....