Ahora bien el ciudadano el ciudadano NELSON RAFAEL MOTA, venezolano, mayor de edad, de ocupación Agricultor, portador de la cedula de identidad Nro. 17. 762.588, en su solicitud pide al Tribunal la citación la citación de la cónyuge SANTA ADELINA RAMOS RAMOSA, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la de la cedula de identidad Nro. 17.673.243, siendo que su solicitud la fundamento en el artículo 185 del Código Civil en armonía "con la Resolución emanada del Tribunal Supremo de Justicia con el Nº. 693, de fecha 15 de mayo de 2015", (debe ser 02 de junio de 2015), fallo que interpreto el articulo 185 del Código Civil y determino que las causales de divorcios no son taxativas, sino enunciativas, e incluyo el mutuo consentimiento. En este sentido, tomando en criterio jurisprudencial antes citado, y en el cual se fundamenta la solicitud de divorcio, la misma ha debido ser formulada por ambos cónyuges, y no por uno solo de ellos, por cuanto se requiere el mutuo .....