Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y de conformidad con las facultades que le fueron conferidas mediante la Resolución 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, en su articulo 3º dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, le imparte la respectiva HOMOLOGACIÒN de conformidad con los artículos 256 y 788 del Código de Procedimiento Civil a la PARTICIÒN Y LIQUIDACIÒN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, realizada por los ciudadanos ALEJANDRO LANDER ABREU E IBELISE DEL CARMEN MARQUEZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 10.251.025 y V- 14.632.621, en los mismos términos y condiciones suscritos por ellos en su escrito de Solicitud. Y a tal efecto, acuerda proceder como Sent.....