Este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente Demanda por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, presentada por el presentado por el Abogado David Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.902.411, inscrito en el Inpreabogado bajo Nro.81.269.