DECISIÓN: Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, de conformidad con el artículo 253 de la Carta Magna, en concordancia con los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, siguiendo los lineamientos de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en su Sala Constitucional, en fecha 23 de julio de 2009, con ponencia de la magistrada Carmen Zuleta de Merchán, contenida en el Expediente Nro. 09-0124 (Caso: Kandy Josefina Cova de Romaniello), sentencia Nro. 1039, publicada en Gaceta Oficial Nro. 39.238 del 10 de agosto del mismo año y que igualmente acoge esta Sentenciadora a los fines de defender la uniformidad e integridad del estado de derecho venezolano, todo ello con fundamento en el artículo 321 eiusdem, en nombre de la República.....