este Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por el ciudadano Armando Rafael Quilarque, supra identificado, y en consecuencia, se extingue el vínculo conyugal existente entre los ciudadanos Armando Rafael Quilarque y Carmelina Quintana. Así Se Decide.