este Tribunal Decimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por la Sociedad Mercantil PENCOFIL C.A. (RIF NºJ-31203129.8), domiciliada en Anaco, Estado Anzoátegui, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, representada por los Abogado en ejercicio FLORENTINA SEPULVEDA RASO, ISMAEL BARRERA GUERRERO, titulares de las cedulas de identidad Nos. V- 6.815335 y V-2.796.086, e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 31.461 y 15.374; respectivamente; en contra la sociedad mercantil PUNTO TECNOLOGICO 2009 C.A. representada por los abogados CLAUDIO ELISANDRO FRISOLI MOUSSAWER, y ANA PATRICIA MAZA FARIÑAS, JESUS ALIENDRES, Venezolanos, titulares de la.....